// Uso de móviles y TIC.

h) Las normas sobre la utilización en la escuela de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso seguro a internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.

  • Se prohíbe el uso de teléfonos móviles y de aparatos electrónicos por parte del alumnado del centro durante el desarrollo de las clases. 
  • Se considera falta grave fotografiar con el móvil o grabar, imagen o sonido, con algún tipo de aparato a los profesores, alumnos o personal del centro, salvo que se esté realizando una actividad académica que conlleve este tipo de tareas, autorizada por los padres / madres y/o tutores legales.
  • Se considera falta grave colgar en Internet, blogs personales o redes sociales, imágenes del centro en las que aparezcan compañeros o personal sin que éstos y el equipo directivo, lo hayan autorizado convenientemente.  
  • Se considera falta grave realizar amenazas, coacciones, humillaciones o cualquier actitud negativa hacia el alumnado o personal del centro, a través del correo electrónico o medio similar.
  • En cuanto al acceso seguro a Internet, se pondrán los medios en las aulas de forma que no sea posible que el alumno acceda a páginas con contenidos no aptos para fines educativos.
  • Se considerará falta grave aquella conducta que afecte a la integridad de la red de Internet del centro, zonas wifis y materiales informáticos, así como al uso indebido de las mismas.
  • Lo reflejado en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad