Proyecto Educativo II

1. El proyecto educativo constituye las señas de identidad de la escuela y expresa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose solo a los aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural y artístico, hacen de la escuela un elemento dinamizador de la zona donde está ubicada.

2. El proyecto educativo definirá los objetivos particulares que la escuela se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, acerca de los principios que orientan cada una de las enseñanzas que se imparten en la escuela y las correspondientes prescripciones acerca del currículo.

3. El proyecto educativo abordará, al menos, los siguientes aspectos:

a) Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo.

b) Líneas generales de actuación pedagógica.

c) Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial.

d) Los criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente de la escuela y del horario de dedicación de las personas responsables de los mismos para la realización de sus funciones, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se establezca por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

e) Los procedimientos y criterios de evaluación, promoción del alumnado y titulación del alumnado.

f) La forma de atención a la diversidad del alumnado.

g) La organización de las actividades de recuperación para el alumnado con materias pendientes de evaluación positiva.

h) El plan de orientación y acción tutorial.

i) El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias, de acuerdo con lo que se establezca por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

j) El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar a que se refiere el artículo 24.

k) El plan de formación del profesorado.

l) Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.

m) En las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, los criterios para la elaboración de los horarios, teniendo en cuenta las características específicas de cada módulo profesional en cuanto a horas, espacios y requisitos. Asimismo, se incluirán los criterios para la organización curricular y la programación de los módulos profesionales de obra final o de proyecto integrado y de la fase de formación práctica en empresas, estudios, talleres u otras entidades de cada uno de los ciclos formativos que se impartan.

n) Los procedimientos de evaluación interna.

ñ) Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica de la escuela y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado.

o) En su caso, los criterios para determinar la oferta de materias optativas y el proyecto integrado.

p) Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las enseñanzas.

q) Internacional: Erasmus+

r) Cualesquiera otros que le sean atribuidos por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

4. El profesorado, el personal de administración y servicios, la junta de delegados y delegadas del alumnado y las asociaciones del alumnado y de madres y padres del alumnado, podrán realizar sugerencias y aportaciones en el proceso de elaboración del proyecto educativo.

En la Escuela de Arte de Sevilla.

El Proyecto Educativo del Plan de Centro de la Escuela de Arte de Sevilla establece los objetivos y las líneas de actuación, evaluación y mejora que definen la identidad del Centro. Expresa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que contempla los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose solo a los aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde el punto de vista cultural y de la industria creativa, hacen de la escuela un elemento dinamizador de la zona donde está ubicada.

El proyecto educativo definirá los objetivos particulares que la escuela se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, acerca de los principios que orientan cada una de las enseñanzas que se imparten en la escuela y las correspondientes prescripciones acerca del currículo. 

Además para su elaboración se tiene en cuenta la siguiente normativa:

  • Decreto 360/2011 de 7 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Arte. 
  • Orden de 19 de Marzo de 2012, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas de arte, sí como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado. 
  • Decreto 326/2009 de 15 de septiembre poe el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en Andalucía.
  • Y con carácter general la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1992).
  • Normativa de cada Ciclo Formativo incluida en el Anexo NORMATIVA.
  • Normativa de Estudios Artísticos Superiores incluida en el Anexo NORMATIVA.
  • Normativa de Bachillerato incluida en el Anexo NORMATIVA.

Uno de nuestros objetivos fundamentales, y que recoge la Ley de Educación de Andalucía, es el de “mejorar la calidad de la educación y abordar los retos que plantea la sociedad de la información”,  así como la “incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación tanto a la práctica docente como a la gestión administrativa del Centro”. Para ello contemplamos la utilización de Séneca, iPasen y la plataforma Moodle proporcionada por la Consejería de Educación y Deporte.

Por otro lado, nuestra filosofía es la de desarrollar y concienciar a la sociedad sobre el extraordinario valor de las profesiones artísticas apostando decididamente por la investigación y la innovación. 

Esto nos lleva a realizar una propuesta en la que convivan un espacio para la educación de las profesiones artísticas, un espacio para el intercambio, un espacio para la innovación, un espacio para la exposición y el encuentro y un espacio para el impulso de nuevos emprendedores en el terreno artístico.

Este documento es una referencia en el funcionamiento de la Escuela, por lo que la elaboración del mismo se ha realizado con la participación del profesorado, el personal de administración y servicios, la junta de delegados y delegadas del alumnado y el Consejo Escolar.