// Junta y delegados/as.

j) Las funciones de la Junta de delegados y delegadas del alumnado y del delegado o delegada de la escuela.

En cada grupo de alumnos, se elegirá, según el procedimiento que disponga la Jefatura de Estudios, un Delegado y un Subdelegado, que tendrán las funciones que se recogen en el Proyecto Educativo del centro. 

  • El conjunto de Delegados formará la Junta de Delegados del centro. Para una mayor operatividad y en función de los distintos horarios y enseñanzas, esta Junta estará organizada en distintas subjuntas según edificio y turno, por lo tanto la Junta de Delegados tiene cuatro Delegados de centro.
  • La Vicedirección del centro informará y apoyará a los alumnos para que puedan constituir Asociaciones de Antiguos Alumnos, con el objetivo de colaborar con las actividades culturales del centro. 
  • La Junta de Delegados, recibirán información puntual de los hechos que afecten a la vida del centro. 

Nombramiento y funciones de los  Delegados de alumnos. 

  • Las instrucciones para la elección de Delegados emanarán de la Jefatura de Estudios y a ellas se atendrán anualmente los profesores que ejerzan la tutoría de los grupos  
  • La Junta de Delegados se reunirá periódicamente, previa comunicación a la Jefatura de Estudios, siendo responsables los Delegados de Centro de esas convocatorias, salvo de la primera, que corresponderá a la Jefatura de Estudios.  
  • La Junta de Delegados podrá usar horas lectivas para sus reuniones periódicas, previa convocatoria en tiempo y forma, previa autorización de la Jefatura de Estudios.  
  • Los Delegados asistirán a las sesiones de evaluación, en representación de sus grupos respectivos, pudiendo ser acompañados a las mismas por el Subdelegado. 
  • El Equipo Directivo, en el ejercicio de sus funciones, podrá reunirse periódicamente con la Junta de Delegados, con los Delegados y Subdelegados por niveles o cursos y con los Delegados de centro. Dentro del Equipo Directivo las personas que coordinan las Juntas de Delegado son los respectivos Jefes de Estudios.

LOS DELEGADOS DE CLASE

Funciones de los delegados de alumnos.

A principios de curso se procederá a la elección, en cada grupo, del delegado de curso. Se elegirá también un subdelegado que sustituirá al delegado, cuando éste falte, en todas sus funciones. 

Los delegados de grupo tienen las siguientes funciones: 

  • Representar al grupo. 
  • Colaborar con el tutor y profesorado en el cumplimiento de las normas de convivencia.
  • Aportar propuestas para realizar actividades con el grupo. 
  • Contribuir, junto con el alumnado ayudante, a mediar en los conflictos que se planteen entre los alumnos. 
  • Aquellos otros que se recojan en el ROF del Centro. 

Tras la elección de los delegados se constituirá la Junta de Delegados. En cada una se nombrará un representante. Estos representantes, que serán nombrados delegados de centro en los turnos y edificios respectivos, mantendrán contactos con la Jefatura de Estudios para los temas que les afecten.

Selección de delegado

Para realizar la votación debe estar presente el tutor/a y se debe constituir la mesa. 

La mesa estará compuesta por: 

  • Una presidencia: el alumno o alumna de más edad
  • Un secretario/a : el alumno/a más joven 
  1. La votación es individual y secreta, y se hace mediante papeletas. 
  2. En la elección que se hará mediante sufragio universal, directo y secreto, se deberá poner en la papeleta como máximo los nombres de tres personas del grupo a las que se deseen votar. 
  3. Serán nulas aquellas papeletas con más de tres nombres, aquellas con nombre ilegible o las que contengan cualquier otro escrito o símbolo que no corresponda a los nombres de alumnos del grupo. 
  4. Para la obtención del nombramiento de Delegada o Delegado se exigirá la mayoría simple. El alumno o alumna que obtenga estos votos será nombrado Delegada o Delegado y el siguiente Subdelegada o Subdelegado, que lo sustituirá en caso de ausencia o enfermedad. 
  5. El nombramiento de las Delegadas o Delegados y Subdelegadas o Subdelegados tendrá la duración de un año académico. El cese sólo podrá producirse con anterioridad a la finalización de dicho período por: 
  • Traslado o baja del interesado o interesada.
  • Por cometer una conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el Centro, previa audiencia del interesado o interesada. 
  • Los delegados y subdelegados podrán ser cesados por el Director del Centro, previo informe del tutor, por incumplimiento reiterado de sus funciones. 
  • Acuerdo por mayoría absoluta del grupo. En cualquiera de los casos anteriores, se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones, en un plazo de quince días y de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior 
  • En los casos anteriormente citados el Subdelegado o en su defecto el alumno que el tutor designe ocupará provisionalmente la representación. Una vez finalizada la votación, se levanta acta (se adjunta).

Derechos del delegado

  • Los delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de las funciones que les encomienda el presente Reglamento.
  • Los miembros de la junta de delegados, en ejercicio de sus funciones, tendrán derecho a conocer y a consultar las actas de las sesiones del consejo escolar, y cualquier otra documentación administrativa de la Escuela, salvo aquella cuya difusión pudiera afectar al derecho a la intimidad de las personas.

Funciones del delegado

  • Asistir a las reuniones de la junta de delegados y participar en sus deliberaciones.
  • Exponer a los órganos de gobierno y de coordinación didáctica las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan.
  • Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo.
  • Colaborar con el tutor y con la junta de profesores del grupo en los temas que afecten al funcionamiento de este.
  • Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno de la Escuela para el buen funcionamiento del mismo.
  • Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del Centro.
  • Todas aquellas funciones que establezca el reglamento de régimen interno.
  • Otras actuaciones y decisiones que afecten de modo específico a los alumnos.

e) Funciones de los delegados y de las delegadas del alumnado en la mediación para la resolución pacífica de los conflictos que pudieran presentarse entre el alumnado, promoviendo su colaboración con el tutor o la tutora del grupo.